Un poder notarial o una declaración jurada se traducen completos: el texto, las firmas, el sello del notario y la apostilla, si la tiene. Para USCIS, la traducción al inglés lleva un certificado firmado del traductor. Si el poder se usará en otro país, ese país decide el orden de los pasos.
Dos casos
- Firmaste un poder en EE. UU. para que un familiar haga un trámite en tu país. Necesitas la traducción al español.
- Tienes una declaración jurada o un poder en español y lo vas a presentar ante USCIS o un tribunal de EE. UU. Necesitas la traducción al inglés.
El 3 de noviembre de 2026, una clienta nos pidió traducir tres declaraciones juradas firmadas. Es el segundo caso, el más sencillo.
Declaración jurada o poder en español para USCIS
USCIS pide una traducción completa al inglés de cualquier documento en otro idioma. Según 8 CFR § 103.2(b)(3), el traductor certifica que la traducción es completa y exacta. También certifica que es competente para traducir al inglés.
Como la traducción debe ser completa, incluye el sello y la firma del notario, los timbres y las notas al margen. Si la declaración lleva apostilla, también se traduce.
El reglamento no menciona la notarización de la traducción. Si el documento va a un tribunal, pregunta antes en la secretaría del tribunal o a tu abogado qué formato piden. Si tienes dudas sobre la apostilla en un trámite de USCIS, lo explicamos en traducción certificada y apostilla.
Traducir el documento no es lo mismo que notarizar la traducción
En un poder traducido puede haber tres firmas, cada una con su función:
- La notarización del poder: el notario ante quien firmaste confirma tu identidad. Ocurre antes de cualquier traducción.
- El certificado de exactitud: el traductor declara que la traducción es completa y exacta.
- La notarización de la traducción: un notario público confirma la identidad del traductor que firma ese certificado. No revisa la traducción ni el contenido del poder.
El Departamento de Estado de Florida lo deja claro: la persona que traduce no puede ser la misma que notariza. En Fidelis, Jorge Cardona traduce y firma el certificado, y un notario público de Florida notariza su firma. Explicamos la diferencia con más detalle en traducción certificada vs. notarizada.
Poder firmado en Florida para usar en tu país
Paso 1: notarizar el poder
Firmas el poder ante un notario público de Florida. Para apostillarlo, el Departamento de Estado de Florida pide el certificado notarial completo, en inglés. Lleva la firma y el sello originales del notario; no aceptan fotocopias.
Paso 2: apostillar el poder
La apostilla sirve entre países que forman parte del Convenio de La Haya de 1961. EE. UU. es parte desde el 15 de octubre de 1981. También lo son México, Colombia, Guatemala, Honduras, El Salvador, la República Dominicana y Perú, entre otros.
En Florida, solo la Secretaría de Estado emite apostillas, desde la División de Corporaciones, en Tallahassee. Su página decía esto el 4 de noviembre de 2026:
- $10 por documento notarizado, con cheque o giro postal (no aceptan efectivo ni tarjeta).
- Se pide por correo, con el formulario de solicitud y un sobre de regreso, o en persona en su oficina.
- No hay servicio urgente. En persona, la mayoría de las solicitudes se resuelven en el momento.
La apostilla certifica la firma del notario. Según la Conferencia de La Haya, no certifica el contenido del documento. Si el país no es parte del convenio (Cuba, por ejemplo, no figura en la lista), Florida emite un certificado notarial en lugar de apostilla. En ese caso, pregunta al consulado de ese país qué otros pasos hacen falta.
Paso 3: traducir, según lo que pida el país de destino
Aquí no hay una sola regla. Cada país decide qué traducción acepta y en qué momento:
- Traducir el poder ya apostillado. La traducción incluye el poder, el certificado del notario y la apostilla.
- Notarizar y apostillar también la traducción. El traductor firma su certificado ante un notario de Florida. Tú envías esa traducción notarizada a la Secretaría de Estado para su propia apostilla. Nosotros entregamos la traducción notarizada; la apostilla la tramitas tú.
- Traducir en el país de destino. Algunos países solo admiten traducciones de un traductor autorizado allí. Por ejemplo, el Consulado General de España en Londres pide un traductor-intérprete jurado registrado en España. Si es tu caso, nuestra traducción no te sirve para ese paso.
Antes de pagar nada, pregunta a quien recibirá el poder (notaría, registro o banco) o al consulado de ese país. Averigua qué traducción aceptan y en qué orden. Si el poder está en español, el certificado del notario y la apostilla estarán en inglés: pregunta si hay que traducirlos.
Qué se traduce además del texto
Traducimos todo lo que lleva el documento:
- El sello del notario. En Florida incluye las palabras “Notary Public-State of Florida”, el nombre del notario, la fecha de vencimiento de su comisión y el número de comisión.
- El certificado notarial, con la fecha, la firma del notario y el tipo de identificación que presentó quien firmó.
- Las firmas, que se indican entre corchetes, por ejemplo [Firma ilegible].
- La apostilla, con su número y su fecha.
- Las anotaciones a mano, los timbres, los sellos de recibido y los números de página.
Usamos el formato espejo: la traducción sigue la distribución del original y cada dato queda en su mismo lugar.
Precio y plazo
Una traducción certificada cuesta $29 la primera página y $25 cada página adicional del mismo pedido, de hasta 500 palabras por página. La notarización en Florida suma $30 por pedido.
Por ejemplo, las tres declaraciones juradas de nuestra clienta, de una página cada una, cuestan $79. Notarizadas, cuestan $109.
Traducciones certificadas de hasta 3 páginas en 3 horas. Pedidos de 8 a. m. a 6 p. m. (hora del Este), todos los días. Las 3 horas cuentan desde el pago y una foto legible; fuera de ese horario, empiezan a las 8 a. m. Si no te la entregamos en 3 horas, te devolvemos tu dinero. Traducción notarizada: 1 día hábil.
Traducimos el documento que ya firmaste. Para redactar un poder o decidir qué debe decir, consulta con un abogado o un notario del país donde se va a usar.
¿Tienes el poder o la declaración a mano?
Envíanos una foto clara de todas las páginas, con sellos y apostilla, y te confirmamos el precio y el plazo antes de pagar.Pedir cotización →
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