Un bufete de inmigración recibe documentos en español todos los días: actas, sentencias, denuncias, historias clínicas. Cada destino pide algo distinto a la traducción, y en 2025 cambió uno de los plazos que más afectan el trabajo. Esta guía reúne lo que dicen las reglas vigentes, para que su equipo pida la traducción correcta a tiempo.
Tres destinos, tres reglas
USCIS. La regla general es 8 CFR § 103.2(b)(3): todo documento en otro idioma va con su traducción completa al inglés, certificada por el traductor como completa y exacta, con su declaración de que es competente para traducir. No exige notario.
La corte de inmigración. La EOIR tiene su propia regla, 8 CFR § 1003.33, y su manual de práctica añade detalles. El capítulo 2.3(a) del manual pide que el certificado incluya la dirección y el teléfono del traductor, y que nombre cada documento cuando un solo certificado cubre varios. Lo explicamos en detalle en nuestra guía del certificado de traducción para la corte de inmigración.
El asilo (I-589). Las instrucciones del I-589, en su edición vigente del 28 de julio de 2026, piden la traducción completa de cada documento en otro idioma. También piden que la certificación lleve la firma del traductor, su nombre en letra de imprenta, la fecha de la firma y sus datos de contacto.
Un mismo certificado puede redactarse para cumplir con las tres reglas a la vez. Díganos a qué oficina va cada documento y lo preparamos así.
El plazo de 30 días volvió a la corte de inmigración
En diciembre de 2021, la EOIR había bajado a 15 días el plazo general para presentar pruebas en casos no detenidos. El 14 de febrero de 2025 canceló esa medida. Hoy el capítulo 2.1(b)(2) del manual dice que, en casos no detenidos, las pruebas deben presentarse al menos 30 días antes de la audiencia. En casos detenidos, el plazo lo fija el juez de inmigración.
Algunas páginas todavía hablan de 15 días, así que conviene revisar el calendario de cada caso. El mismo capítulo advierte que una prueba presentada tarde puede quedar fuera o recibir menos peso.
Cómo planificar hacia atrás:
- Fecha de la audiencia individual.
- Treinta días antes: fecha límite para presentar.
- Unos días antes de esa fecha: traducciones entregadas, revisadas y paginadas.
- Antes de eso: el cliente reúne todos los documentos y nos los envía legibles.
Para 1 a 3 páginas entregamos en 1 a 2 días hábiles. Para un lote grande le confirmamos el plazo al ver los documentos.
Las cortes estatales de Florida
En los casos de familia y civiles de Florida, como divorcios, paternidades o manutención, suelen aparecer actas y sentencias extranjeras. Revisamos las Reglas de Práctica General y Administración Judicial (edición del 1 de julio de 2026) y las Reglas de Derecho de Familia (edición del 1 de octubre de 2026). No encontramos una regla estatal única sobre la traducción de documentos escritos. La regla 2.560 trata de los intérpretes orales.
Lo que sí existe está en el Código de Pruebas:
- El artículo 90.606 trata al intérprete o traductor como a un testigo, con el juramento de dar una traducción fiel al inglés de cualquier escrito que deba traducir.
- El artículo 90.902(3) pide una certificación final para los documentos oficiales extranjeros. Esa es una cuestión de autenticación, distinta de la traducción. La explicamos en traducción certificada frente a apostilla.
Por eso muchos abogados presentan la traducción con un certificado firmado y la copia del original: facilita la base probatoria o un acuerdo entre las partes. Es práctica, no una regla escrita. Confirme con la división del juez lo que espera.
Cómo preparar un lote de pruebas
- Escaneos legibles. El manual de la EOIR advierte que las copias ilegibles pueden rechazarse o quedar excluidas. Si un sello no se lee, lo marcamos como ilegible en lugar de adivinar; lo explicamos en cómo traducimos los sellos ilegibles.
- Todas las páginas. Reversos, sellos y notas al margen también se traducen.
- Un nombre por documento. Así el certificado identifica cada prueba y su número de páginas.
- Los originales, a mano. Llévelos a la audiencia o a la entrevista.
Cómo trabajamos con bufetes
Jorge Cardona traduce y firma, con doble revisión y verificación. Cada entrega es un PDF con el certificado de exactitud firmado, la traducción con el mismo formato del original y la copia del original. Cuesta $29 la primera página y $25 cada página adicional del mismo pedido, de hasta 500 palabras. Si la oficina que recibe el documento pide notario, la notarización suma $30 por pedido. Facturamos con orden de compra (PO) o con el número de expediente.
Ese precio por página es para los documentos de sus clientes: actas, sentencias, expedientes y pruebas. Para el contenido propio del bufete, como contratos largos, guías para clientes o trabajo que se repite cada mes, cotizamos por palabra: desde 9 centavos por palabra, según el volumen, el tema y el plazo. Le enviamos una cotización formal antes de empezar. Para conocer nuestro trabajo, le traducimos y certificamos gratis las 2 primeras páginas de un documento real, una vez por empresa o institución. Pida la muestra gratis. Vea las condiciones para bufetes, empresas e instituciones.
Fuentes
- Immigration Court Practice Manual, capítulo 2.1, EOIR
- Immigration Court Practice Manual, capítulo 2.3, EOIR
- Instrucciones del Formulario I-589, USCIS, edición del 28 de julio de 2026
- 8 CFR § 103.2(b)(3), Cornell LII
- Florida Statutes § 90.606 y § 90.902
Fidelis Certified Translations es un servicio de traducción independiente. No está afiliado a USCIS, a la EOIR ni a ninguna agencia del Gobierno de EE. UU. Este contenido es informativo y no es asesoría legal.
